viernes, 8 de marzo de 2024

Notificación de suspensión de apoyo FIC

Que, el Centro de Formación Para el Desarrollo Rural y Minero, en atención a los lineamientos establecidos Guía de Apoyos Socioeconómicos- (GFPI-G-007 V12), numeral 10.7. Deberes de los aprendices beneficiados. “Si en el transcurso de la adjudicación del apoyo, el aprendiz presenta alguna novedad que modifique la información de la certificación bancaria inicial, deberá reportar esta novedad para que sea actualizada oportunamente”.(…), numeral 10.10. Registro de novedades. (…)Las novedades de actualización de información (cambio de documento de identidad, fin de formación, suscripción de contrato de aprendizaje, registro de cuenta bancaria, fallecimiento del aprendiz, etc.), cancelación y/o aplazamiento deben registrarse de manera oportuna en el aplicativo Sofia Plus, o cuando sucedan, porque afectan el reporte para pagos de dicho mes. Los registros de novedades se pueden adelantar en cualquier momento y suspenden automáticamente el desembolso como se menciona en el parágrafo del: Artículo 1o: Distribución, asignación y destinación de los recursos FIC de la resolución 2140 del 2021(…), procederá adelantar los tramites pertinentes de suspensión a los aprendices que a la fecha no cuenten con la información actualizada de documento de identidad y certificación bancaria actualizada no mayor a 30 de expedición. 
De acuerdo a lo anterior se procede a suspender el apoyo desde el mes de enero y de acuerdo a la norma expresamos lo siguiente (...) El aprendiz que es suspendido pierde el apoyo de sostenimiento por el tiempo de la suspensión, lo que significa que el desembolso de esos meses no es acumulable y el centro de formación puede liberar los recursos equivalentes al tiempo de la suspensión(...).
 
Agradecemos realizar de actualización para proceder con el levantamiento de la suspensión