El Centro de Formación para el Desarrollo, Rural y Minero CEDRUM, Publica la Resolución 54-01477 del 08 octubre 2024, por el cual se ordena la cancelación de matrícula de aprendices conforme a los artículos 22 y 28 del reglamento del aprendiz (acuerdo 0007 de 2012).
Conforme al artículo 4° del mencionado acto administrativo, se procede a notificar el contenido de la resolución, comunicándole que para la misma procede el recurso de reposición que podrá ser interpuesto por escrito ante el subdirector del Centro dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación. El recurso de reposición se puede interponer de forma escrita (física o virtual) en los canales de comunicación oficialmente establecidos para la radicación de PQRS, según procedimiento SENA, de servicio al ciudadano (sedes SENA o Canal Virtual):
- Correo electrónico institucional: misionalcedrum@sena.edu.co
- Oficina virtual de radicación: https://oficinavirtualderadicacion.sena.edu.co